UNA BUENA LEY QUE NECESITA ARREGLOS
A primera lectura, el borrador de la nueva Ley de Movilidad parece elaborado «ad hoc» para el autónomo. Es una ley donde cabe diversas interpretaciones; es normal hasta cierto punto que se interprete la ley, pero cuando se hacen diversas lecturas de un mismo documento es porque no es del todo claro ni conciso.
En el preámbulo podemos advertir que según nuestra deducción, la nueva ley puede limitar ciertas regulaciones necesarias conforme el devenir de las circunstancias, podemos leer en el preámbulo; « y ese ajuste se estima que sólo sería posible si la decisión de prestar o no servicio en cada momento la toma el operador experimentado en un concreto ámbito territorial, que conoce las necesidades de movilidad del mismo, y que es capaz de prestar servicio en horas puntas de demanda o retirarse del mismo en horas valle, con las consecuencias positivas desde el punto de vista medioambiental qué significa que circulen los vehículos en vacío lo menos posible. Un operador de esas características sólo se corresponde con el profesional de la conducción no sujeto a un HORARIO LABORAL y con experiencia en las pautas de movilidad de un ámbito concreto, que asume el riesgo y ventura de sus propias decisiones, que en ocasiones deberán ser improvisadas a la vista de la realidad sobrevenida.»
Sí atendemos a este párrafo podemos encontrarnos apoyando una ley que impida la regulación horaria o por turnos.
Evidentemente en el articulado aclara que es la administración la que tiene potestad de regular de forma conveniente nuestra licencia. Pero creo que no debemos correr el riesgo de que ese preámbulo le de pábulo a un juez (bajo su interpretación) de negar algún tipo de regulación que nos convenga, por ello, veo necesario la modificación de ese párrafo. En él se describe como es el trabajo de un autónomo, pero creo que nuestra condición de licencia administrativa limita la concepción de autónomo, ya que nuestra «libertad» viene determinada de las condiciones impuestas por la administración.
Y como dice el compañero Guardeño, la ley puede ser más dañina en lo que no dice que en lo que cuenta.
En el apartado de la exclusividad se refiere al ámbito del transporte, pero fuera de él deja de existir exclusividad. Yo no puedo tener una VTC y a la vez una licencia de taxi, la exclusividad me lo impide, pero si puedo tener un bar y una licencia de taxi. Por ello, debemos dejar claro que la exclusividad tiene que ser para todos y en todas las circunstancias.
En otro apartado como el alquiler de licencias, la ley nueva, en su borrador, no habla nada, por tanto, habría que añadir igual que está en la actual Ley de Movilidad que el alquiler de licencias está totalmente prohibido.
En el tema de la transmisión de la licencia deberíamos pedir al igual que está en la Ley Andaluza que no tuviera ningún coste poder transmitirla a un familiar que estuviera capacitado para trabajar con ella.
En la reglamentación posterior a la ley podemos darle más seguridad a todos estos asuntos, pero no podemos reglamentar un tema que no aparezca anunciado en la ley. Así, debemos hacer hincapié en que la ley marque claramente que es lo aceptable y lo que no es.
Cuándo se interpreta mucho aparece la confusión, por ejemplo; en el tema de la desacumulación. Qué una ley nueva pretenda reafirmar el carácter autónomo de nuestra profesión me parece bien, pero lo que no se puede hacer es confundir a la gente creyendo que las leyes son retroactivas. Si había una ley anterior que permitía la acumulación ahora no puede haber una ley nueva que te obligue a desacumular, en todo caso, la ley nueva sí que puede obligar a que la licencia acumulada tenga un tipo de limitación o restricción. Por ejemplo; se le puede obligar a que esa licencia acumulada tenga la obligatoriedad de ser adaptada, de trabajar por la noche o de que tenga dos chóferes.
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